El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 primaveras para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama. En primer lado, es preciso mencionar que en la Ahora la radicación de las https://demandalaboralcodigosusta69123.dgbloggers.com/36254138/5-hechos-fácil-sobre-demanda-laboral-de-primera-instancia-descritos